El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Prohíbase el estacionamiento de vehículos los días viernes a domingos y feriados desde las 0 hs. hasta las 24 hs. en las calles que a continuación se detallan: San Martín acera NO., Moreno acera S, Rivadavia acera S, 25 de Mayo acera NO., desde Rivadavia hasta Libertad, Libertad acera SO desde San Martín hasta Buenos Aires y Buenos Aires acera NO desde Rivadavia hasta Libertad, en Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz.
Artículo 2º: Los infractores a lo dispuesto en el Art. 1º, serán multados con los valores que fija la Ordenanza Impositiva anual.
Artículo 3º: Instálase carteles de señalización a razón de uno (1) por cuadra los que deberán consignar las medidas previstas en el Art. 1º.
Artículo 4º: Comuníquese al Destacamento Policial Los Cardales, para su colaboración en el contralor de las presentes medidas.
Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y cinco.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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