El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al D.E. a contratar como ampliación, el servicio de Recolección de Residuos en las localidades de Pavón y Barrio San José del Partido de Exaltación de la Cruz.-
Artículo 2º: Los términos legales de la contratación prevista en el Art. 1º, estara en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 37/84.
Artículo 3º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y cinco.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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