El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
 Artículo 1º: Facúltase  al D.E. a tramitar ante el Poder Ejecutivo y el Instituto de la  Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, un complemento de cuatro (4)  viviendas del plan Marín en la localidad de Los Cardales.-
 
Artículo 2º: Comuníquese al D.E.
 
Dado  en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación  de la Cruz, a los dieciséis  días del mes de Octubre de mil novecientos  ochenta y cinco. 
            
Marciano Robles Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Oscar Alberto Ponti Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el Nº  048/85