El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a proceder al cobro de un anticipo del año 1984 correspondiente a las Tasas de distintos rubros establecidos por la Ordenanza General Impositiva vigente en el año 1983.
Artículo 2°: Establécese como anticipo a cuenta, el 60% del impuesto Correspondiente al año 1983 en cada rubro.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro.-
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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