El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires para la construcción de un conjunto habitacional por Rentas Generales de la Provincia en un lote de terreno ubicado en Capilla del Señor, designado en el plano de subdivisión N° 31-26-83, como Circunscripción I, Sección D, Quinta 5, Parcela 1, manzana 5a con superficies de 28.802.72 m2 y 1042.29 m2 respectivamente.
Artículo 2º: La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante notario designado al efecto por la Municipalidad, o por el Notario Superior de Gobierno de la Pcia. de Bs.As.
Artículo 3º: Comuníquese al D. E.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintiocho días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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