El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° ESTABLECER el cambio de sentido de circulación de las calles que se detallan a continuación del Barrio Parque Sakura, donde se encuentra emplazado el complejo educativo “ALTOS LOS ROBLES”:
1.-Calle Constancio Vigil mano única desde su intersección Antonio Machado hacia José Hernández.
2.-Calle Juana de Ibarbourou, mano única desde su intersección José Hernández hacia Antonio Machado.-
3.-Calle José Hernández y Antonio Machado doble sentido de circulación.-
ARTÍCULO 2° ESTABLECER un plazo de 30 días a partir de la sanción de la presente para su notificación a los vecinos y las autoridades del Complejo Educativo por parte de la Jefatura de Transito y Seguridad Vial.-
ARTÍCULO 3° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los nueve días del mes de agosto de dos mil veintidós.-
Registrado como Ordenanza N°2889/22.-