El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Dónese a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires un lote terreno ubicado en la localidad de Robles Partido de Exaltación de la Cruz, designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección J, Quinta 27-a Parcela 7 Partida Inmobiliaria N°031-32320 para ser destinado a la ampliación de la Escuela de Educación Secundaria Técnica N°1 cuyas medidas, superficies y linderos surgen del plano aprobado bajo características 31-2-2018, del cual una copia se adjunta a la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2° La donación dispuesta por el artículo 1° está sujeta a la condición de que la donataria inicie la construcción de infraestructura escolar dentro del plazo de CINCO años a partir de la sanción de la presente de conformidad al Proyecto obrante en el Expediente N°4036-53685/2022.-
ARTÍCULO 3° La escritura traslativa de dominio se llevara a cabo a través de la Escribanía General de Gobierno o por ante la Escribanía que designe la Dirección General de Escuelas, siendo los gastos a su cargo.-
ARTÍCULO 4° Comuníquese al Departamento Ejecutivo, cumplido archívese.-
ARTICULO 5° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de setiembre de dos mil veintidós.-