Ordenanza N º3052-24 Creación de Consorcio de Caminos Rurales.

Ordenanza N º3052-24 Creación de Consorcio de Caminos Rurales.

Correspondiente Expediente N°4036-1414/24-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Crease el consorcio para el Mantenimiento de Los Caminos Rurales de Exaltación de la Cruz, el que estará integrado por un representante del Departamento Ejecutivo designado por el intendente, dos representantes de la Sociedad Rural de Exaltación de la Cruz, Campana y Zarate, dos representantes del Honorable Concejo Deliberante, uno por la mayoría y otro por la minoría, el que tendrá la finalidad de llevar el mantenimiento y arreglo de los todos los caminos Rurales del distrito.

ARTICULO 2° Para el cumplimiento de sus fines, crease un Fondo, el que estará conformado por los siguientes recursos que se afectan a tal fin: a)-EL SETENTA por ciento (70%) de la recaudación de la Tasa de Servicios Generales en el Sector Rural, que podrá ser incrementado por el Ejecutivo hasta el ciento (100%) de la misma. b)-El cien por ciento (100%) de los fondos que perciba el Departamento Ejecutivo Municipal en concepto de coparticipación del impuesto inmobiliario Rural. Las mismas partidas serán depositadas en una cuenta bancaria especifica que será administrada por la entidad agropecuaria. –

ARTICULO 3º El departamento Ejecutivo deberá informar mensualmente al consorcio las sumas ingresadas a las arcas publicas en concepto de las tasas referidas en el articulo anterior y proceder a su deposito en la cuenta bancaria específicamente afectada a tal fin.-

ARTICULO 4º El consorcio conformado, deberá presentar ante el Departamento Ejecutivo, informes trimestrales de los gastos y contrataciones a modo de rendición de cuentas, realizadas con las partidas giradas.-

ARTICULO 5º Los vistos y considerando forman parte de la presente y deberán ser comunicados a los mencionados organismos conjuntamente. –

ARTICULOS 6º DE FORMA.-

Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los 04 dias del mes de Abril de dos mil veinticuatro. –

Registrada como Ordenanza Nº 3052/24.-

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