Ordenanza Nº 3079-24 – Modifica Art. 40 Ordenanza 2934-22

Ordenanza Nº 3079-24 – Modifica Art. 40 Ordenanza 2934-22

Corresponde Expediente Nº 4036- 1480/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Modifíquese el artículo 40 de la ordenanza 2934-2022, quedando de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 40°: En caso de incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza, se aplicarán las siguientes multas:
a- Por infracción a lo estipulado en los Artículos 10º, 12º y 17º, 12,5 a 75 litros de combustible diesel premium (valor de referencia tomado del link oficial
https://res1104.se.gob.ar/consultaprecios.eess.php para Exaltación de la Cruz, bandera YPF), al día del efectivo pago.-
b- Por Infracción a lo estipulado en Artículos 11º, 13º, 14º, 15º y 18º 12,5 a 37,5 litros de combustible diesel premium (valor de referencia tomado del link oficial https://res1104.se.gob.ar/consultaprecios.eess.php para Exaltación de la Cruz, bandera YPF), al día del efectivo pago.
Todas las multas serán evaluadas y aplicadas por el Juez de Faltas, de acuerdo a la gravedad de la infracción cometida.
En la determinación de los valores de las multas y su automático reajuste, se aplicarán las normas sancionadas por Ordenanza Municipal.”

ARTÍCULO 2° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.

ARTÍCULO 3° De Forma.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los Diecinueve días del mes de Noviembre de 2024.-

Registrado como Ordenanza N° 3079/24.-

 

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