Corresponde Expediente N°4036- 1517/2025-HCD
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Exceptúese del item Parcelamiento parcela mínima según lo dispuesto en el Codigo de Planeamiento Territorial (Cuadro de usos 2.1.4) a las Parcelas 646 A y 674, Seccion Rural de la Circunscripcion III, del Partido de Exaltacion de la Cruz (031), autorizando a afectar hasta el 20% del desarrollo a lotes de 1.500 metros cuadrados, propiedad de MULSANNE S.A. (FIDEICOMISO INMOBILIARIO PADDOCK) .-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de Marzo de dos mil veinticinco.
Registrada como Ordenanza N° 3088/25.-