Correspondiente Expediente N°4036-1545/2025-HCD
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Otorguese un lugar reservado de estacionamiento en la puerta del edificio de centro de rehabilitación ubicado en la calle Petruchelli Nº 620 de la Localidad de Capilla del Señor. –
ARTÍCULO 2°: Dicho espacio solo estará reservado en el horario de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, solo para uso de ascenso y descenso de personas con movilidad reducida que se atienden en el centro mencionado en el articulo 1º.-
ARTICULO 3º Los gastos que demande señalar dicho espacio de estacionamiento reservado estarán a cargo de la Dirección de Transito o ámbito que corresponda, debiendo el mismo pedir instrucciones de como hacerlo a la Dirección de Transito de este Municipio.-
ARTICULO 4º Sera la Dirección de Transito el area encargada de verificar que este espacio sea usado con el fin solicitado antes descripto, debiendo esta notificar a este Honorable Cuerpo si se producen modificaciones en el uso del mismo.-
ARTICULO 5º El plazo de vigencia del presente beneficio sera mientras este centro ofrezca este servicio.-
ARTICULO 6º El incumplimiento de cualquiera de las condiciones antes mencionadas sera suficiente para la revocación de este beneficio sin la necesidad de mediación alguna.-
ARTICULO 7º Comuníquese a la Dirección de Transito el contenido y los alcances de la presente normativa.-
ARTICULO 8º De Forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diez días del mes de Junio de Dos Mil Veinticinco.-
Registrado como Ordenanza N°3098/25.-