El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Modifícase la escala salarial dispuesta por la Ordenanza de Presupuesto 068/03, promulgada por decreto Nº 277/03. Autorízase al Departamento Ejecutivo al incremento en los sueldos básicos de las categorías 05 a la 18 inclusive en $ 147,00.-(pesos ciento cuarenta y siete), de las categorías 19 a la 21 inclusive en la suma $ 50,00.- (pesos cincuenta), para una jornada de seis (06) horas.
Artículo 2°: Fíjase el valor del jornal en $ 13,50.- (pesos trece con cincuenta).
Artículo 3°: Dicho incremento regirá a partir del 01° de Septiembre del 2004.
Artículo 4°: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Septiembre del año dos mil cuatro.
Registrada Bajo el N° 048/2004.