El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, en forma definitiva y permanente; de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-13562/02; al inmueble designado Catastralmente como Circunscripción I, Sección “A”, Manzana 33, Parcela 19a, Partida Inmobiliaria N° 1975, Contribuyente N° 1079, Orden N° 835, perteneciente a Inés Luisa Maiparsi de Ahumaran, (Toledano Ivana Luján).
Articulo 2°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal, en forma definitiva y permanente, al comercio ubicado en el inmueble a que hace referencia el Artículo 1° de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 20-2002.
Articulo 3°: De Forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Junio de dos mil dos.