•• Author Archive

Ordenanza Nº 075/11 – Ref. a Escrituración Social C I, S D, M 3e, P 24 Antonela Uriel

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del 50% indiviso, del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción  I – Sección D –  Manzana 3e, Parcela  24,  Pda. Inmobiliaria 16389, Matrícula 8574, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-26348/11, a nombre Antonela Uriel Scotti.

Articulo 2º:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.-

Articulo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 075/2011.

Ordenanza Nº 074/11 – Ref. a Declarar de Interes Municipal el Proyecto de Ciencia y Tecnología de la Escuela 501

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Municipal el programa Tecnológico que se encuentra realizando la Escuela de Educación Especial Nº 501 de Capilla del Señor, participante de la Feria de Ciencia y Tecnología.

Articulo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 074/2011.

Ordenanza Nº 073/11 – Ref. a Ordenanza Complementaria y rectificatoria de las ordenanzas 49, 50, 51, 54 y 56-11

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: La presente Ordenanza es complementaria y rectificatoria de las Ordenanzas Nº 49/11, 50/11, 51/11, 54/11 y 56/11,  de las cuales se ratifica el contenido de las mismas, excepto lo relativo al plazo de restricción al dominio, reduciéndose la interdicción a un plazo de  5 años y no como se consigno en las más arriba indicadas.

Articulo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 073/2011.

Ordenanza Nº 072/11 – Ref. a colocación de nombres al Bº La Loma

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Denomínese a las calles del Barrio la Loma II con los siguientes nombres:

Bomberos Voluntarios
Enrique Salgado
Osmar Castro
José Elías
Ángel González Navarro
Ambrosio Ponti

La disposición de dichas calles es según plano adjunto.

Articulo 2º: Colóquese la numeración de las alturas domiciliarias.

Articulo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 072/2011.

Ordenanza Nº 071/11 – Ref. a ratificar convenio por ampliación de planta cloacal en Los Cardales

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Ratifícase el convenio suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Señor Intendente Municipal Dr. Horacio Alberto Errazu y el SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL (S.P.A.R), representada por el Presidente Dn. JUAN MARÍA VIÑALES, para el desarrollo del Proyecto de Optimización y Ampliación del Servicio de Desagües Cloacales de la localidad de Los Cardales, ampliando la planta de tratamiento existente, duplicando su capacidad actual, estación de bombeo, colector principal, ampliación de las redes de conexiones domiciliarias, cámaras de registro. Incorporándose el cien por cien al servicio, a todos los habitantes de esa localidad.

Articulo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 071/2011.

Ordenanza Nº 044/85 – Reserva Fiscal Destinando Uso Plaza Publica

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Destínase al uso de plaza pública la reserva fiscal cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción II, Sección C, Manzana 21, Parcela 1, Partida de contribución territorial Nº 15533, ubicada en el Barrio San José del Partido de Exaltación de la Cruz.-
 
Artículo 2º:
Los gastos que demande la ejecución de las obras serán imputados a la partida prevista en el presupuesto general de gastos y recursos del presente ejercicio.-

Artículo 3º: Comuníquese al D.E.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco.


Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  044/85

Ordenanza Nº 043/85 – Feria Artesanal Creacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Créase en el ámbito del municipio de Exaltación de la Cruz, la feria artesanal, la cual tendrá por objeto facilitar la comercialización de productos artesanales a precios accesibles para común beneficio de la población y retributivos para sus creadores.
 
Artículo 2º:
A los fines de la presente Ordenanza se considerarán artesanos a aquellos que trabajen en metales, cueros, telares, barro, cerámicas, madera, cesteria, etc. Asi como todo otro material que se preste para objetos de arte y adorno, incluyéndose a artistas plásticos  y orfebres.

Artículo 3º: Para este fin se abrirá un registro de artesanos, fehacientemente probada su condición de tales, y documentado su domicilio real en Exaltación de la Cruz.-

Artículo 4º: Dichos artesanos registrados deberán someterse a inspección en el lugar donde se desempeña como tal.-

Artículo 5º: Los espacios serán adjudicados por el concepto de Permisos Precarios, serán intransferibles y con no mas de dos (2) titulares.-

Artículo 6º: La cantidad de espacios habilitados para la feria, estarán determinados por la autoridad de aplicación. La superficie asignada a cada mesa de artesano será de tres (3) metros cuadrados.

Artículo 7º: Se exigirá a todos los permisionarios el estricto cumplimiento de las normas de higiene, de conservación del espacio, como asi también las de conducta y moralidad.-

Artículo 8º: El lugar destinado para la instalación de esta feria deberá tener la caracterís-tica de fácil concurrencia de público, tales como el acceso al Camping Mu-nicipal o la Plaza San Martín.-

Artículo 9º: Los días de funcionamiento de la feria será sábados y domingos en horario comercial.

Artículo 10º: Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco.


Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  043/85

Ordenanza Nº 042/85 – Escuelas Rurales Considerando de Interes Exposicion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Considérase de interés comunitario para el partido de Ex. de la Cruz, la ex-posición que se realizará en la Escuela Nº 3 Gabriela Mistral; a cargo de las escuelas Nº 14, 3, 15, 7, 5 y la  agencia de Extensión Rural del Inta de Zárate en forma conjunta.
 
Artículo 2º:
Por lo expresado en el Art. 1º, realizase el acto conmemorativo del día de la Raza, en el colegio Nº 3, Gabriela Mistral, de Carlos Lemeé, Partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 3º: Con motivo de lo expresado en el Art. 2º, autorízase al D.E. para que por medio de la Dirección de Cultura se realice la programación y organización de la actividad oficial, en forma conjunta con la comisión responsable de la exposición nombrada en el Art. 1º.-

Artículo 4º: Dar publicidad a lo expresado en esta Ordenanza, invitar a la comunidad de Ex. de la Cruz, asociaciones que desarrollan su actividad en el ámbito rural, y en especial a la Sra. Vice-gobernadora de la Provincia de Buenos Aires in-teresada en forma especial en este tema.

Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Septiembre de mil novecientos ochenta y cinco.


Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  042/85

Ordenanza Nº 041/85 – CEPRAL Aceptando donacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Acéptase la propuesta de CEPRAL para la donación y construcción de un monumento conmemorativo a los 250º años de Exaltación de la Cruz.
 
Artículo 2º:
El mismo será emplazado en el lado Este de la Plaza San Martín (intersección de las calles Mitre y Rivadavia).

Artículo 3º: Los gastos que demande la ejecución de la obra mencionada en el Artículo 1º, serán solventados en su totalidad por la Cooperativa CEPRAL.

Artículo 4º: Autorízase a la Cooperativa donante a proceder a la colocación de la siguien-te leyenda “CEPRAL en homenaje al pueblo de Exaltación de la Cruz, en su  250º aniversario.1735- 14 de Septiembre- 1985.-

Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiocho días del mes de Agosto de mil novecientos ochenta y cinco.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  041/85

Ordenanza Nº 040/85 – Policia Elevacion a Subcomisaria Destacamento Los Cardales

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Considérese como prioritario para el Municipio de Ex. de la Cruz, la la ele-vación a nivel de Subcomisaría al Destacamento Policial de Los Cardales.
 
Artículo 2º:
Autorízase al D.E. para informar lo resuelto en el art. 1º, al Poder Ejecutivo y tramitar dicha realización.

Artículo 3º: Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Agosto de mil novecientos ochenta y cinco.


Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  040/85