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Comunicación N° 11-21 – Espacio fisico iglesia Carlos Cordoba.

Corresponde Expediente Nº 4036-1089/2021-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

COMUNICACIÓN


ARTÍCULO 1° 
   El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz vería con agrado que se le pueda otorgar a la entidad “Iglesia Pentecostal Cristo Vive” un espacio físico donde poder desarrollar su culto y sus activi-dades.
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, Capilla del Señor, Provincia de Bue-nos Aires, a los veinte ocho días del mes de diciembre de 2021.-

Registrado como Comunicación  N° 11/21.-

 

Comunicación N° 10-21 – Mejorar señalética en Ruta 6

Corresponde Expediente Nº 4036-1071/2021-HCD


VISTO:

Las facultades conferidas al concejo deliberante conforme Reglamento Interno y la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Y CONSIDERANDO:
Que se iniciaron reparaciones, por parte de del gobierno provincial, sobre la Ruta Provincial N°6, en el tramo que pasa por la localidad de Los Cardales, luego de haber acaecido un desmoronamiento que comprometía la integridad estructural del puente que atraviesa la mencionada localidad.-
Que en virtud de esto el tránsito sobre dicha arteria provincial se vio reducido sobre una sola mano para que el tráfico continuara fluyendo mientras los trabajadores desarrollarán la obra de reparación.-
Que para lograr esto se vio desmarcada la nueva circulación de forma precaria que termino de viniendo en que los conductores se vieran expuesto a sufrir un accidente de tránsito.
El peligro generado por deficiente demarcación del nuevo trayecto de la ruta se hizo patente debido a la cantidad de accidentes que comenzaron a suceder a partir del momento en el que la calzada se vio reducida y la señalización de la misma fue realizada de manera insuficiente y cuya poca visibilidad se ve agravada por la oscuridad en horas nocturnas.
Que el peligro se convirtió en una amenaza para los habitantes de la zona que usan dicha arteria de manera diaria.-
Que ante el reclamo de los vecinos, quienes de manera unánime reclaman por mayor señalización antes de que ocurra una tragedia, es menester del Cuerpo Deliberativo que representa al pueblo de Exaltación de la Cruz tome cartas en el asunto y eleve el reclamo a las autoridades correspondientes.-

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
COMUNICACIÓN

ARTÍCULO 1º    COMUNICAR, desde el Concejo Deliberante, a Vialidad Provincial la necesidad de mejorar la señalización del tramo de la Ruta N°6 que se encuentra en reparación a gin de evitar que ocurran más accidentes.-
    
ARTÍCULO 2º    Hacer extensiva esta comunicación al Sr. Intendente Municipal a fin de que el mismo acompañe de manera formal el presente comunicado.-
    
ARTÍCULO 3º    Los vistos y considerandos forman parte de la presente Comunicación.-
    
ARTÍCULO 4º    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.-

Registrado como Comunicación N° 10/21.-

Resolución N° 06-21 – Reclamos por calle Las Heras de Los Cardales

Corresponde Expediente Nº 4036-1047/2021-HCD


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°    El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que arbitre los medios necesario para solucionar de forma definitiva y eficiente el escurrimiento de las aguas residuales y pluviales, a los fines de evitar el atascamiento de los vehículos y conservar el estado de la calzada de calle Las Heras de Los Cardales.-
    
ARTÍCULO 2°    El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz solicita al Departamento Ejecutivo Municipal la colocación de reductores de velocidad para salvaguardar la integridad física de los peatones que circulan por la traza.-
    
ARTÍCULO 3°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.-

Registrado como Resolución N° 06/21.-

Resolución N° 05-21 – Reclamos por servicio eléctrico de vecinos de Arroyo de la Cruz

Corresponde Expediente Nº 4036-1051/2021-HCD


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, pone a consideración del cuerpo la siguiente:


RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°    El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz insta a la Cooperativa Eléctrica y de Tecnificación Agropecuaria Arroyo de la Cruz Parada Robles Limitada (CEPRAL) que arbitre los medios necesarios para garantizar y proveer el servicio de electricidad a los vecinos de Arroyo de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.-

Registrado como Resolución N° 05/21.-

Resolución N° 04-21 – Reclamos por calle La Paloma de Arroyo de la Cruz

Corresponde Expediente Nº 4036-1049/2021-HCD


    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°    El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que arbitre los medios necesario para reacondicionar el estado integral de la calle La Paloma de la localidad de Arroyo de la Cruz, en toda su traza.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.-

Registrado como Resolución N° 04/21.-

Resolución N° 03-21 – Instalación de un semáforo en la RP 192

Corresponde Expediente Nº 4036-1050/2021-HCD


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°    El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que arbitre los medios necesario para instalar un semáforo en la intersección cito entre la Ruta Provincial N° 192 y la Escuela Primaria N° 14 de la localidad de Arroyo de la Cruz, de forma tal que cuidar la integridad física de la comunidad educativa de dicha institución.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de octubre de dos mil veintiuno.-

Registrado como Resolución N° 03/21.-

Decreto N° 10-21 – Licencia Concejal Maximiliano Luciani

Corresponde Expediente N° 4036-1065/2021-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

DECRETA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGUESE la LICENCIA, al Señor CONCEJAL SUPLENTE LUCIANI, Maximiliano, titular del DNI N° 26.820.934, a partir del día 30 de noviembre del 2021 hasta el día 31 de diciembre del 2021.-
    
ARTÍCULO 2°    HABILÍTESE a partir del día 30 de noviembre del 2021, la incorporación como CONCEJAL del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Señor LEDESMA, FLAVIA BELÉN, titular del DNI N° 36.101.869 mientras dure la licencia del Concejal al que se hace referencia en el Artículo 1° de la presente.-
    
ARTÍCULO 3°    Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Cumplido, Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.-

Registrado como Decreto N° 10/21.-

Decreto N° 09-21 – Licencia de la Concejal Dichiara

Corresponde Expediente N° 4036-1064/2021-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

DECRETA

ARTÍCULO 1°    Otorgase LICENCIA, a la Señora CONCEJAL DICHIARA, DANIELA ALEJANDRA titular del DNI N° 20.886.442, a partir del día 2 de diciembre de 2021 hasta el día 31 de diciembre del 2022.-
    
ARTÍCULO 2°    Habilítese a partir del día 2 de diciembre de 2021, la incorporación del Concejal Suplente que corresponda, de acuerdo al orden de la lista, perteneciente a las Elecciones del año 2019.-
    
ARTÍCULO 3°    Incorpórese como Concejal del Partido de Exaltación de la Cruz, a partir del día de la fecha antes enunciada al Señor CONCEJAL SUPLENTE LUCIANI, Maximiliano, titular del DNI N° 26.820.934, mientras dure la licencia de la Concejal a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente.-
    
ARTÍCULO 4°    
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Cumplido, Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.-

Registrado como Decreto N° 09/21.-

Comunicación N° 09-21 – Colocación de iluminación pública en la calle La Paloma dde Arroyo de la Cruz

Corresponde Expediente Nº 4036-1045/2021-HCD

VISTO:
Las facultades conferidas al concejo deliberante conforme Reglamento Interno y la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Y CONSIDERANDO:
Que la calle La Paloma es una de las vías principales de Arroyo de la Cruz, siendo a través de ella que los vecinos llegan hasta las zonas del barrio más alejadas de la Ruta.-
Que pese a su importancia, en la mayor parte de su recorrido, la calle no tiene alumbrado público, ni los frentistas tienen servicio de electricidad.-
Que ante la falta de servicio eléctrico los vecinos ubicados sobre la calle La Paloma reciben electricidad de otros vecinos que la facilitan desde viviendas linderas, lo que afecta en primer término la calidad de la tensión y significa un peligro latente.-
Por otro lado, la falta de luminarias hace que los vecinos tengan que caminar de noche en la más absoluta oscuridad, con el peligro que ello implica.
Que es fundamental garantizar a los vecinos de Arroyo de la Cruz poder contar mínimamente con una luminaria que ilumine la cuadra en la que viven, algo que increíblemente no ocurre en La Paloma, pese a ser una de las calles centrales del barrio, donde se encuentra –entre otras cosas- una dependencia policial.
Que la oscuridad no solo significa un peligro para circular por la calle, ante la posibilidad de sufrir un accidente, sino que –además- significa un peligro en términos de seguridad, dado que al amparo de la oscuridad la delincuencia opera con absoluta tranquilidad.-
Que ante este cuerpo se han presentado los vecinos del barrio, mediante una nota suscripta por un centenar de vecinos, reclamando por el estado de la calle y la falta de iluminación de la misma, por lo que la necesidad es más que manifiesta.

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

COMUNICACIÓN

ARTÍCULO 1º    REQUERIR al Intendente Municipal la urgente realización de la obra de iluminación pública sobre la calle La Paloma de Arroyo de la Cruz, así como la realización de las obras y gestiones necesarias para garantizar el servicio eléctrico a los vecinos que viven en la misma en la totalidad de su traza.-
    
ARTÍCULO 2º    Los vistos y considerandos forman parte de la presente
    
ARTÍCULO 3º    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.-

Registrado como Comunicación N° 09/21.-

Ordenanza N° 2831-21 – Licencia Intendente Municipal

Corresponde Expediente Nº 4036-1063/2021-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE licencia al Sr. Intendente Municipal, Licenciado Diego Eduardo NANNI, titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el término de 7 (siete) días a partir del día 17 de noviembre de 2021 y hasta el 23 de noviembre de 2021, inclusive.-
    
ARTÍCULO 2°    OTÓRGASE licencia por vacaciones al Sr. Intendente Municipal, Licenciado Diego Eduardo NANNI, titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el término de 14 (catorce) días a partir del día 31 de enero de 2022 y hasta el 13 de febrero de 2022, inclusive.-
    
ARTÍCULO 3°    PÓNGASE en funciones al Sr. Concejal Ingeniero Gustavo Fabián CANDIA DNI N° 29.505.566 mientras duren ambas licencias del Sr. Intendente Municipal Lic. Diego Eduardo NANNI.-
    
ARTÍCULO 4°    HABILÍTASE en reemplazo del Concejal al que hace referencia el artículo precedente, al Señor Concejal suplente que corresponda, de acuerdo a lo establecido en los artículos 16, 19 segunda parte 87, 88 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, por el mismo plazo y condiciones que el estipulado en los Artículos 1° y 2° de la presente.-
    
ARTÍCULO 5°    En el supuesto caso que el Lic. Diego Eduardo NANNI, reasuma las funciones de Intendente Municipal de Exaltación de la Cruz antes del plazo establecido en los Artículos 1° y 2°, deberá comunicar oficialmente a éste Cuerpo Deliberativo tal circunstancia.-
    
ARTÍCULO 6°    NOTIFÍQUESE a los Organismos Provinciales y Municipales competentes de la presente Ordenanza.-
    
ARTÍCULO 7°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.-

Registrado como Ordenanza N° 2831/21.-