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Ordenanza Nº 007/84 – Regimen de locaciones Adhesion de la Municipalidad

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Apruébase la adhesión del Departamento Ejecutivo al nuevo régimen de locaciones de servicio instituido por Decreto N° 264/83 del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 27 de diciembre de 1983.

Artículo 2°: De Forma.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintinueve días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  007/84

Ordenanza Nº 006/84 – Vehiculos Incorporacion patrimonio Municipal

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Incorpóranse al Patrimonio Municipal los siguientes vehículos automo-tores que fueran adjudicados a esta Comuna por el Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires:

a) 1 torino Sedan, Patente B 1506341, Motor N° 7628726, modelo 1978, valor estimado $a 120.000.-
b) 1 Renault Breek 12, Patente N°  1481744, Motor N° 3514472,modelo 1977, valor estimado $a 150.000.-
c) 1 Pick-Up Dodge doble cabina, Patente N° B 1457475, Modelo 1976, Motor N° 623-00172, valor estimado $a 40.000.-
d) 1 Camión Ford  F-100, con caja volvadora, Patente N° B 599075, Motor N° DGT 5063, Modelo 1960, valor estimado $a 80.000.-
e) 1 Pick-Up Ford F-100 doble cabina, Patente N° B 1612140, Motor N° DUT B 17545, Modelo 1978, valor estimado $a 40.000.-

Artículo 2°:  De Forma

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintinueve días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  006/84

Ordenanza Nº 001/84 – Calculo de Recursos Incrementando Partidas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Increméntase el Cálculo de Recursos en la suma de pesos argentinos ciento cincuenta y tres mil trescientos sesenta ($a 153.360), en virtud de subsidios para este municipio otorgados por Decreto N° 128/83 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
1.2.2.27 Subsidio Concejo Deliberante

$A 153.360


Artículo 2°:
Fíjase el Presupuesto de Gastos del Honorable Concejo Deliberante por el período comprendido entre el 5 de diciembre de 1983 al 31 de diciembre de 1983, conforme al siguiente detalle:

Finalidad 1- Administración Central
Item 2 – Concejo Deliberante
Sección 1 – Erogaciones Corrientes
Sector 1 – Funcionamiento
Inciso 1 – Gastos de Personal
Partida Principal 1 – Sueldos Individuales
Partida Parcial 1 – Personal Superior
Partida Parcial 3 – Asignaciones Familiares
Partida Parcial 4 – Aportes Patronales
Apartado 1 – Instituto de Previsión Social
Apartado 2 – Instituto Obra Medico Asistencial
Inciso 2 – Bienes y Servicios
Partida Principal 14
Partida Parcial 3
Apartado 3 – Gastos Generales Varios

$A 153.360


Artículo 3°:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro.-


Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  001/84

Ordenanza Nº 005/84 – Tasas Municipales Eximiendo pago a Jubilados

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Barrido y Conservación de la Vía Pública, a todos los beneficiarios de las Cajas de Previsión Social, Nacionales y/o Provinciales que acrediten ser propietarios de un único inmueble destinado a vivienda de su grupo familiar cuya valuación fiscal no exceda la suma de $a 50.000.- Las que superen ese monto y hasta pesos argentinos 100.000.-abonarán el 50% de la referida tasa.

Artículo 2°: 
Los beneficiarios deberán carecer de bienes muebles registrables, de carácter suntuoso o de cualquier otra naturaleza.

Artículo 3°:
A los fines del cumplimiento de la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo confeccionará una planilla que con carácter de Declaración Jurada, firmarán los que reúnan los requisitos exigidos en los artículos precedentes.

 Artículo 4°:
De Forma.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintinueve días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  005/84

Ordenanza Nº 003/84 – Moratoria Prorrogando plazos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Prorrógase el plazo de acogimiento a la Moratoria General de Tasas, Contribuciones e Impuestos Municipales, establecido por Ordenanza N° 01 de este H.C.D y Reglamentada por Decreto N° 24 del Departamento Ejecutivo, por el término de sesenta (60) días a partir de la publicación de la presente.

Artículo 2°:  El contribuyente podrá abonar sus impuestos en la siguiente forma:

a) Al contado.
b) En cuatro cuotas mensuales y consecutivas sin intereses e indexa-ción.
c) Financiado hasta en ocho (8) cuotas mensuales y consecutivas con el 8% de interés directo.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  003/84

Ordenanza Nº 004/84 – Donacion parcela 281a Aceptando Provincia

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Acéptase la donación por parte de la Provincia de Buenos Aires, a favor de esta Municipalidad de Exaltación de la Cruz, del bien inmueble fiscal ubicado en este Partido, designado catastralmente como: Cir-cunscripción: II, Parcela: 281a, compuesto por una superficie de una hectárea, cuarenta y dos centeareas, quince decímetros cuadrados, (01has., 42cas., 15dm2 ) con la situación, dimensiones y linderos que se consignan en la inscripción de dominio anotada al Folio 209, año 1951 del Registro de este Partido.

Artículo 2°: 
El predio descripto en el artículo anterior y cuya donación se acepta por la presente, será destinado a la construcción y funcionamiento de un Hogar Escuela para niños discapacitados.

Artículo 3°: De Forma.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintinueve días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  004/84

Ordenanza Nº 059/85 – Terreno Aprobando Division

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase la división del bien denominado catastralmente circunscripción VII, Sección Rural, Parcela 1803b del Partido de Exaltación de la Cruz, de acuerdo al plano que forma parte del presente como anexo I.-
 
Artículo 2º:
Comuníquese a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y por su intermedio a la Oficina de Catastro Municipal.-

Artículo 3º: Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta  días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  059/85

Ordenanza Nº 058/85 – Calles Estableciendo dias de limpieza

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Establécese a partir del día Jueves 2 de enero de 1986, los siguientes días y horarios para el servicio de limpieza de calles de Capilla del Señor desde las 22.00 hs. hasta las 7.00 hs. Lunes, Miércoles y Viernes: calles en dirección NO – SE lado impar (noroeste); Martes y Jueves lado par (sudoeste), en sentido perpendicular, Lunes, Miércoles y Viernes lado impar (sudoeste); Martes y Jueves lado par (noroeste) y las que por su dirección no coinciden con las mencionadas se especifican en el plano que forma el Anexo I de la presente Ordenanza.
 
Artículo 2º:
Para los días y horarios establecidos en el Art. 1º, queda  absolutamente prohibido el estacionamiento de vehículos sobre las aceras en las que se efectúa el servicio público.
 
Artículo 3º:
Publíquese en todos los medios locales lo establecido en el Art. 1º y 2º por dos (2) veces.

Artículo 4º: El incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 2º, será sancionado en los términos que prevé la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente.

Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta  días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  058/85

Ordenanza Nº 057/85 – Patrimonio Municipal Incorporacion Plaza San Martin

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al D.E. a gestionar la incorporación al patrimonio Municipal del predio de la plaza General San Martín con una superficie aproximada de 8800 m2, ubicado entre las calles 9 de Julio, San Martín, Moreno y vías del ferrocarril, en Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, perteneciente al FCGBM, mediante la suscripción del convenio respectivo.
 
Artículo 2º:
El convenio mencionado en el Art. 1º deberá ser enviado al H.C.D. para su conocimiento y aprobación.

Artículo 3º: La incorporación del predio mencionado en el Art. 1º, se realiza a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 60 de la Ley 8912 y como complemento de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 24/85.-

Artículo 4º: Comuníquese al D.E.

 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta  días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  057/85

Ordenanza Nº 054/85 – DGE Donacion de Terrenos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dónase a la Dirección General de Escuelas de la Pcia. de Bs. As. Dos lotes de terreno en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, designados catastralmente en el plano Nº 31-16-84 como Circunscripción II, Sección Rural, Parcelas 7,8 y 10 para la ejecución del Jardín de Infantes Nº 902 y el anexo Los Cardales de la Escuela Diferenciada Nº 501, correspondiendo a cada uno las siguientes dimensiones 30 m. De frente sobre calle Belgrano por 70 m de fondo para el Jardín Nº 902 y 25,5 m de frente sobre calle Belgrano por 42,12 m de fondo sobre calle Maipu  para el anexo Escuela Nº 501.
 
Artículo 2º:
Las dimensiones, superficies y ángulos definitivos surgirán de la nueva mensura, unificación y nueva división según muestra el plano anexo I del presente proyecto.

Artículo 3º: El Art. 1º de la presente Ordenanza modifica el Art. 1º de la Ordenanza Nº 21/84 y el Art. 1º de la Ordenanza Nº 86/84, que quedan derogadas.

Artículo 4º: Los gastos que demande la escritura traslativa de dominio quedará a cargo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz designando notario de común acuerdo con la Dirección General de Escuelas.

Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.


Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  054/85