El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Fíjase en la suma de Australes doscientos veinticuatro millones ochocientos treinta y seis mil ciento setenta y tres (A 224.836.173), el total de erogaciones Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el ejercicio 1989, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación Económica y por objeto del gasto se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Departamento Deliberativo A 10.536.407
Departamento Ejecutivo A 214.299.766
Total A 224.836.173.-
Artículo 2º: Estímase en la suma de Australes doscientos veinticuatro millones ochocientos treinta y seis mil ciento setenta y tres (A 224.836.173.-) el Cálculo de Recursos detinado a atender los gastos a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3º: Fíjase en ciento ochenta (180) el número de cargos de la planta permanente y veintidós (22) el de la Planta Temporaria de las jurisdicciones incluidas en el Artículo 1º, de acuerdo con el detalle de las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 4º: Estímase el Balance y Resultado Financiero Preventivo para el Ejercicio 1989, de acuerdo al siguiente esquema y en función del detalle obrante en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Recursos (art. 2º) A 224.836.173.-
Menos
Erogaciones (art. 2º) A 224.836.173.-
Resultado Financiero A
Recursos Corrientes sin afectación A 220.265.392.-
Menos
Erogaciones corriente sin afectación A 205.001.173.-
Ahorro A 15.264.219.-
Erogaciones de Capital sin afectación A 16.305.780.-
Menos
Recursos de Capital sin afectación A 1.041.561.-
Inversión A 15.264.219.-
Artículo 5º: Apruébase el Nomenclador de Erogaciones y Recursos y Plan de Cuentas, que se incluye como Anexo de la presente Ordenanza.
Artículo 6º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y nueve.
Marciano Robles
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Juan Eduardo Lazzaro
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