El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Exímase del pago de todas las tasas municipales al edificio que ocupa la Asociación Mutual de Jubilados y Pensionados de Exaltación de la Cruz, ubicado en la Calle Bartolomé Mitre 351 de Capilla del Señor con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección 1, Manzana 19, Parcela 15, Partida 1695 y de las que pudiera adeudar a la fecha de la promulgación de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Comuníquese al D.E.
Artículo 3º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y ocho.
Marciano Robles
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Juan Eduardo Lazzaro
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