El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase al Fisco de la Provincia de Buenos Aires, 4 (cuatro) lotes de terreno ubicados en Barrio San José de Tala, en Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, designados catastralmente como Circunscripción II, Sección J, Manzana 26b, Parcelas 11 a 14, indicadas en el plano que forma el Anexo I de la presente, para la ejecución de las 4 viviendas para Centros de Servicios Rurales.-
Artículo 2º: La ejecución de la mensura y división de la manzana original 26ª será ejecu-tada por el D.E. y en ellas surgirá la nomenclatura catastral definitiva.-
Artículo 3º: Autorízase al D.E. a formalizar la transferencia de dominio correspondiente.-
Artículo 4º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y seis.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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