El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese de Interés Público, el alumbrado “Público” en todos los loteos que existen en el Partido de “Exaltación de la Cruz”.-
Artículo 2º: El mismo se implementará en las siguientes condiciones cada frentista deberá abonar la parte proporcional que le corresponda como tal, de los gastos que demande la ejecución de la obra, los materiales necesarios para la misma y su puesta en funcionamiento.-
Artículo 3º: El D.E. confeccionara los proyectos respectivos, los que deberán ser aprobados por el H.C.D.
Artículo 4º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y seis.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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