El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
 Artículo 1º: Autorízase  al D.E. a contratar con los vecinos frentistas de la calle San Martín y  Ameghino, la ampliación de la red de provisión de agua corriente.
Artículo 2º: Los  gastos que demande la ejecución de esta obra serán absorbidos en un 90%  por los vecinos frentistas y el 10% restante por el Municipio a través  de la Dirección de Servicios Sanitarios, con materiales que en la  actualidad posee esta Dirección.
Artículo 3º: Comuníquese al D.E.-
Dada  en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los  veintitrés días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y cuatro.-
            
| Marciano RoblesPresidente
 Honorable Concejo Deliberante
 Exaltación de la         Cruz
 | Oscar Alberto PontiSecretario
 Honorable Concejo Deliberante
 Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el Nº  020/84