El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al D.E. a contratar con los vecinos frentistas de la calle San Martín y Ameghino, la ampliación de la red de provisión de agua corriente.
Artículo 2º: Los gastos que demande la ejecución de esta obra serán absorbidos en un 90% por los vecinos frentistas y el 10% restante por el Municipio a través de la Dirección de Servicios Sanitarios, con materiales que en la actualidad posee esta Dirección.
Artículo 3º: Comuníquese al D.E.-
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintitrés días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y cuatro.-
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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