El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homológuese el régimen tarifario aplicado por la Cooperativa Eléctrica de Tecnificación Agropecuaria de Parada Robles – Arroyo de Cruz Ltda. (CEPRAL) por el suministro de energía eléctrica en el ámbito del Partido de Exaltación de la Cruz.-
Artículo 2º: Autorízase al D.E. a homologar las futuras tarifas mensuales que eleve la Cooperativa Eléctrica de Tecnificación Agropecuaria Parada Robles – Arroyo de la Cruz Ltda. (CEPRAL), mientras las mismas mantengan pa-ridad con las que aplica la Dirección de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (DEBA).-
Artículo 3º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veinticinco días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y cuatro.-
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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