El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Procédase a la construcción de pista para la práctica del ciclismo en el predio Municipal designado catastralmente con números de partidas 15.739,15.740 y 15.741 y parcelas 396a,b,c; con superficies parciales de 2 has., 03 a., 70 c; 2 has, 03a, 70c y 1 ha. , 32 a., 37 c.-
Artículo 2º: Esta pista se trazará sobre piso de tierra, dejándose para el futuro si las posibilidades técnicas y financieras lo permiten, el agregado de algún tipo de compactamiento bituminoso o similar.-
Artículo 3º: La construcción de la misma se realizara con maquinarias y personal Municipal.-
Artículo 4º: Los gastos que demande la ejecución de la presente Ordenanza serán tomados de la partida de Gastos Generales.
Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los once días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y cuatro.-
Marciano Robles
|
Oscar Alberto Ponti
|