El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Increméntese el Cálculo de Recursos correspondiente al año 1984,en virtud del convenio firmado con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires para la terminación y ampliación de 4 (cuatro) viviendas y construcción de otras 4 (cuatro), en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, en la suma de $a 3.000.000 (pesos Argentinos tres millones) que serán imputados a la finalidad 1-2-2-26 “Viviendas Los Cardales”.
Artículo 2º: Amplíase el Presupuesto General de Gastos del año 1984, con los fondos provenientes de lo enunciado en el artículo 1°, con la siguiente imputación: 2-5-28 “Viviendas Los Cardales”.-
Artículo 3º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los ocho días del mes de Agosto de mil novecientos ochenta y cuatro.-
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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