El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° EXIMASE el pago del 100% de la TASA DE SEGURIDAD E HIGIENE de las cuotas del Ejercicio 2022 al comercio sito en la calle Juan B. Justo 648, de la localidad de Los Cardales, en el rubro kiosco/librería, Expediente de Habilitación N°52365/22 inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección S, Manzana 100, Parcela 12, partida 031-6788, el cual pertenece al Sr. NUÑEZ José Antonio, titular del DNI 16.255.979.-
ARTÍCULO 2° CONDONESE la deuda vigente al día de la fecha por la TASA SEGURIDAD E HIGIENE correspondiente al comercio, citado en el Artículo anterior.-
ARTÍCULO 3° AUTORIZASE a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) a realizar las bajas administrativas correspondientes.-
ARTÍCULO 4° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de junio de dos mil veintidós.-