El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas de los inmuebles designados Catastralmente como:
CIRC. | SECC. | MZA. | PARC |
II | P | 1 | a 26 |
II | P | 1 | a 33 |
II | P | 3 | a 33 |
II | P | 1 | a 8/11 a 15/18 a 29 |
II | P | 1 | a 19/17 a 21 |
II | P | 1 | a 3/5 a 8/11 a 21 |
Articulo 2°: La condonación a que hace referencia el Artículo 1°, será procedente si el titular de los inmuebles transfiere a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, los inmuebles designados Catastralmente como:
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas de los inmuebles designados Catastralmente como:
CIRC. SECC. MZA. PARC II L 45 12B, 13A, 13B, 6A, 6B, 7B II L 46 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 II L 46 23 A y 24A
Articulo 2°: La condonación a que hace referencia el Artículo 1°, será procedente a condición que el titular de los derecho y acciones de los inmuebles, ceda los mismos a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
Articulo 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a entregar al cedente de los lotes mencionados en el artículo 1°, el inmueble ubicado en el Partido designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 13, Parcela 9. Los gastos que demanden la transferencia del dominio a favor del cedente, como asimismo las deudas por impuestos provinciales, serán a cargo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
Articulo 4°: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Diciembre de dos mil dos.