•• Author Archive

Ordenanza Nº 048/85 – Viviendas Complemento 4 unidades Plan Marin

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Facúltase al D.E. a tramitar ante el Poder Ejecutivo y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, un complemento de cuatro (4) viviendas del plan Marín en la localidad de Los Cardales.-
 
Artículo 2º:
Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis  días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  048/85

Ordenanza Nº 047/85 – Servicio de Transporte Intercediendo ante Empresas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Facúltase al D.E. para que interceda ante las empresas de Transporte de pasajeros que sirven a este partido, sean ellas: San José, Expresó Paraná y Atlántida, para que coordinen el cruce de los servicios en la intersección de las rutas Nº 6 y Nº 8.-

Artículo 2º: Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis  días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  047/85

Ordenanza Nº 046/85 – Cultura Creando Comisiones

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Créase las Comisiones Municipales de Cultura, en el ámbito de cada una de las Delegaciones Municipales. Las mismas se integrarán con un mínimo de 3 y un máximo de 5 vecinos designados por el D.E. a propuesta del Delegado Municipal, quién además integrará la misma. Las funciones en la Comisión serán honoríficas y además durarán un año a partir de la fecha de su designación, pudiendo ser renovadas por periodos iguales o revocadas conforme a lo estipulado en el Artículo 6º.-
 
Artículo 2º:
Las Comisiones Municipales de Cultura tendrán por objeto:

a) Proponer y ejecutar en conformidad con los lineamientos generales que oportunamente dictará la Dirección de Cultura, la realización de actos o programas de índole cultural en la respectiva delegación.
b) Asesorar al Director de Cultura y al Delegado Municipal sobre intereses y necesidades en materia cultural en la Delegación respectiva.
c) Informar al Director de Cultura y al Delegado sobre toda actividad cultural que realicen las actividades de bien público o grupos vinculados al quehacer cultural en el ámbito de la Delegación.
d) Evaluar los resultados del accionar de la Dirección de Cultura en el ámbito de la Delegación, transmitiendo al Director de Cultura las conclusiones a las que arriben.-
e) Apoyar y estimular el desarrollo y promoción de los valores culturales, personales o grupales, como asi también a toda actividad que en materia cultural realicen las entidades de bien público en la respectiva Delegación.-

Artículo 3º: La Comisión sesionara en la sede de la Delegación Municipal o en la Dirección de Cultura, debiendo realizarse una reunión cada 15 días, con la presencia del director de Cultura en una de estas reuniones por mes como mínimo.

Artículo 4º: De entre sus miembros se elegirá un Presidente y un Secretario recibiendo los demás miembros el carácter de vocales.

Artículo 5º: Las decisiones de las Comisiones solo serán válidas cuando:

a) Se hayan resuelto por mayoría absoluta de votos, contando el presidente con doble voto en caso de empate.
b) Que se haya sesionado conforme a lo prescripto en el Art. 3º.-

Artículo 6º: El D.E. podrá revocar la designación de cualquiera de los integrantes de la Comisión, atendiendo las siguientes condiciones:

a) La revocación debe tener causa justificada.
b) Para efectuar la misma debe contar con la conformidad de la mayoría de los miembros de la Comisión, no pudiendo votar el interesado.
c) Como para las demás votaciones en caso de empate el presidente de la comisión contará con doble voto.

Artículo 7º: Las Comisiones deberán informar al Director de Cultura de lo tratado en sus reuniones, mediante un acta rubricada por los integrantes de la misma.

Artículo 8º: Comuníquese al D.E.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis  días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  046/85

Ordenanza Nº 045/85 – Caping Municipal Explotacion comercial

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al D.E. a contratar la concesión para explotación  comercial  correspondiente al Camping Municipal de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, de acuerdo a las condiciones Generales y Particulares anexas a la presente Ordenanza, que forman parte de la misma como Anexo I y II respectivamente.
 
Artículo 2º:
Comuníquese al D.E.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis  días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  045/85

Boletin Oficial – Octubre 2011

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

 

ESCUDO Boletin Oficial - Octubre 2011

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional

 Autoridades:         

Intendente Municipal:
         Dr. Horacio A. Errazu
Secretario de Coordinación General:
         Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
         Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
         Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
         Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:
         Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Ratifícase el convenio suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Señor Intendente Municipal Dr. Horacio Alberto Errazu y el SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL (S.P.A.R), representada por el Presidente Dn. JUAN MARÍA VIÑALES, para el desarrollo del Proyecto de Optimización y Ampliación del Servicio de Desagües Cloacales de la localidad de Los Cardales, ampliando la planta de tratamiento existente, duplicando su capacidad actual, estación de bombeo, colector principal, ampliación de las redes de conexiones domiciliarias, cámaras de registro. Incorporándose el cien por cien al servicio, a todos los habitantes de esa localidad.

Articulo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce día del mes de Septiembre de dos mil once.
 

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 071/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Denomínese a las calles del Barrio la Loma II con los siguientes nombres:

Bomberos Voluntarios
Enrique Salgado
Osmar Castro
José Elías
Ángel González Navarro
Ambrosio Ponti

La disposición de dichas calles es según plano adjunto.

Articulo 2º: Colóquese la numeración de las alturas domiciliarias.

Articulo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 072/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: La presente Ordenanza es complementaria y rectificatoria de las Ordenanzas Nº 49/11, 50/11, 51/11, 54/11 y 56/11,  de las cuales se ratifica el contenido de las mismas, excepto lo relativo al plazo de restricción al dominio, reduciéndose la interdicción a un plazo de  5 años y no como se consigno en las más arriba indicadas.

Articulo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 073/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Municipal el programa Tecnológico que se encuentra realizando la Escuela de Educación Especial Nº 501 de Capilla del Señor, participante de la Feria de Ciencia y Tecnología.

Articulo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.      

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 074/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del 50% indiviso, del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción  I – Sección D –  Manzana 3e, Parcela  24,  Pda. Inmobiliaria 16389, Matrícula 8574, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-26348/11, a nombre Antonela Uriel Scotti.

Articulo 2º:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.-

Articulo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.

         

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 075/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Ratifícase la Cesión de Boleto de Compra Venta, celebrado con fecha 8 de Agosto ppdo. entre el Señor Néstor Luis Ponti, D.N.I.: 4.740.809 el Dr. Horacio A. Errazú, en su carácter de Intendente Municipal de Ex. de la Cruz.

Articulo 2º: La Cesión del boleto de Compra Venta, se realiza por el bien inmueble designado catastralmente como: Circuns-cripción IV, Parcela 773, Partida Inmobiliaria 2438, del Partido de Exaltación de la Cruz, con una superficie de 4.463,93mts2.

Articulo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.

 

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 076/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Autorízase la aprobación del proyecto de construcción de “Dormys Pinares” de acuerdo al Art. 17º, Ordenanza 100/07, y Art. 66, inciso e, del Decreto-Ley 8912, a través de los cuales se permite la creación de “Distrito Turístico”  en planta baja y dos pisos altos, con un factor de ocupación  (F.O.S.) de 0.055 y factor de ocupación total (F.O.T.) de 0.15, y no podrán ubicarse a menos de cinco (5) metros de los límites de las vías de circulación.

Articulo 2º: La implantación del proyecto de construcción que se llevara a cabo, en el bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Parcela 732b, deberá cumplir con las disposiciones vigentes en la materia.

Articulo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 077/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal a la “Exporural 2011” a desarrollarse los días 14, 15 y 16 de Octubre del corriente año en la Localidad de Capilla del Señor.

Articulo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Septiembre de dos mil once.

  

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 078/11.

Ordenanza Nº 080/11 – Ref. a la creación de la Oficina de Empleo

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Créase la Oficina Municipal de Capacitación e Inserción Laboral (OMCIL) en el ámbito de la Secretaría de Gobierno, Dirección de Producción y Medio Ambiente.

ARTICULO 2º: La Oficina que se crea, tendrá a su cargo los siguientes temas y/o asuntos:

a) Implementar el servicio de intermediación laboral orientado tanto a la oferta como a la demanda de trabajo.
b) Desarrollar y/o promover acciones tendientes a incrementar las condiciones de acceso a empleos de las personas.
c) Prestar servicios de información a los distintos empleadores del distrito.
d) Prestar servicios de información a las personas que buscan trabajo.
e) Promover, difundir y diseñar programas y proyectos de capacitación y formación profesional.
f) Realizar informes del mercado laboral local para la planificación del desarrollo productivo con inserción laboral.
g) Detectar y promover actitudes y aptitudes emprendedoras para promover el desarrollo de proyectos productivos autosustentables.
h) Realizar acciones conjuntas con entes públicos y privados a efectos de lograr la inserción laboral de las personas, instrumentando en el distrito aquellos programas provinciales y/o nacionales que correspondan.
i) Instrumentar una base de datos que permita conocer la oferta y demanda laboral del distrito, ordenada por la capacitación requerida y ofrecida.
j) La base de datos mencionada en el inciso anterior deberá ser publicada en la pagina web del municipio.

ARTICULO 3º: Los servicios que brinde la Oficina Municipal de Capacitación e Inserción Laboral  (OMCIL) serán gratuitos.

ARTÍCULO 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar los aspectos no previstos por la presente.

ARTÍCULO 5º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Octubre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 080/2011.

Ordenanza Nº 079/11 – Ref. Escrituración Social C III, S M, Q 22a, P 13 Raúl Carabajal y Maria Leguizamon

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien in-mueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección M, Quinta 22a, Parcela 13, Partida Inmobiliaria 22177, Matricula 5931, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-27227/10, a nombre de Raúl Argentino Carabajal y de Marta del Valle Leguizamón.

Articulo 2°:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Articulo 3°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Octubre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 079/2011.

Ordenanza Nº 078/11 – Ref. a declarar de Interes Municipal la Expo Rural

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal a la “Exporural 2011” a desarrollarse los días 14, 15 y 16 de Octubre del corriente año en la Localidad de Capilla del Señor.

Articulo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 078/2011.

Ordenanza Nº 077/11 – Ref. a Autorizar la construcción de dormis en Pinares

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Autorízase la aprobación del proyecto de construcción de “Dormys Pinares” de acuerdo al Art. 17º, Ordenanza 100/07, y Art. 66, inciso e, del Decreto-Ley 8912, a través de los cuales se permite la creación de “Distrito Turístico”  en planta baja y dos pisos altos, con un factor de ocupación  (F.O.S.) de 0.055 y factor de ocupación total (F.O.T.) de 0.15, y no podrán ubicarse a menos de cinco (5) metros de los límites de las vías de circulación.

Articulo 2º: La implantación del proyecto de construcción que se llevara a cabo, en el bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Parcela 732b, deberá cumplir con las disposiciones vigentes en la materia.

Articulo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 077/2011.

Ordenanza Nº 076/11 – Ref. a Ratificación de Boleto de Compra y Venta con el Sr. Néstor Luis Ponti

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Ratifícase la Cesión de Boleto de Compra Venta, celebrado con fecha 8 de Agosto ppdo. entre el Señor Néstor Luis Ponti, D.N.I.: 4.740.809 el Dr. Horacio A. Errazú, en su carácter de Intendente Municipal de Ex. de la Cruz.

Articulo 2º: La Cesión del boleto de Compra Venta, se realiza por el bien inmueble designado catastralmente como: Circuns-cripción IV, Parcela 773, Partida Inmobiliaria 2438, del Partido de Exaltación de la Cruz, con una superficie de 4.463,93mts2.

Articulo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis día del mes de Septiembre de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 076/2011.