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Ordenanza Nº 3080-24 – Escrituracion Social a favor de Candre Maria Marcelina

Corresponde Expediente N°4036- 1487/2024-HCD

 

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Declarase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción V, Sección N, Manzana 77, Parcela 08, Partida Inmobiliaria 031-29109 del Partido de Exaltación de la Cruz, según expediente 4036-59181-2024 a nombre de Candre María Marcelina, DNI Nº 26.639.347.-

ARTÍCULO 2° Requiérase a la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere el articulo anterior.-

ARTICULO 3º Comuniquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los Diecinueve días del mes de Noviembre de dos mil veinticuatro.

Registrada como Ordenanza N° 3080/24.-

 

 

 

 

 

Ordenanza Nº 3079-24 – Modifica Art. 40 Ordenanza 2934-22

Corresponde Expediente Nº 4036- 1480/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Modifíquese el artículo 40 de la ordenanza 2934-2022, quedando de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 40°: En caso de incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza, se aplicarán las siguientes multas:
a- Por infracción a lo estipulado en los Artículos 10º, 12º y 17º, 12,5 a 75 litros de combustible diesel premium (valor de referencia tomado del link oficial
https://res1104.se.gob.ar/consultaprecios.eess.php para Exaltación de la Cruz, bandera YPF), al día del efectivo pago.-
b- Por Infracción a lo estipulado en Artículos 11º, 13º, 14º, 15º y 18º 12,5 a 37,5 litros de combustible diesel premium (valor de referencia tomado del link oficial https://res1104.se.gob.ar/consultaprecios.eess.php para Exaltación de la Cruz, bandera YPF), al día del efectivo pago.
Todas las multas serán evaluadas y aplicadas por el Juez de Faltas, de acuerdo a la gravedad de la infracción cometida.
En la determinación de los valores de las multas y su automático reajuste, se aplicarán las normas sancionadas por Ordenanza Municipal.”

ARTÍCULO 2° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.

ARTÍCULO 3° De Forma.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los Diecinueve días del mes de Noviembre de 2024.-

Registrado como Ordenanza N° 3079/24.-

 

Comunicacion 02-2024 – Arbolado publico

Corresponde Expediente N°4036- 1483/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

COMUNICACION

ARTÍCULO 1° Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal informe las causas por las cuales se están extrayendo ejemplares del arbolado publico.-

ARTÍCULO 2° Conforme a lo mencionado en el articulo precedente, adjunte, en el caso de poseerlo, informe escrito y detallado elaborado por un profesional en la materia, en el cual se explicite, de manera individual, las causales de cada una de las extracciones realizadas.-

ARTICULO 3º Informe quien es el responsable de ordenar la extracción de los especímenes arbóreos.-

ARTICULO 4º Adjunte el plan anual de forestación y reforestación previsto en la mencionada ley provincial.-

ARTICULO 5º De Forma.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de Noviembre de dos mil veinticuatro.

Registrado como Comunicación N° 02/24.-

Ordenanza Nº 3078-24 – Escrituracion Social a favor de Medina Tatiana Rosali

Corresponde Expediente N°4036- 1479/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°  Declarase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección J, Quinta 40, Parcela 2, Partida Inmobiliaria 031-010000-5, Matricula 031-1342 ubicado en la Localidad de Los Cardales, según expediente 4036-60509/2024 a favor de la Sra. Medina Tatiana Rosali DNI Nº 34.479.120 quien lo adquirió por contrato de donación a titulo gratuito del titular de dominio el Sr. Lencina Roberto Daniel y esposa.-

ARTÍCULO 2° Requiérase a la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere el articulo anterior.-

ARTICULO 3º De Forma.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de Noviembre de dos mil veinticuatro.

Registrada como Ordenanza N° 3078/24.-

Ordenanza Nº 3077-24 – Declara de Interes Municipal Proyecto Ambiental

Corresponde Expediente N°4036- 1485/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Declarase de Interés Municipal el Proyecto Institucional Educativo Ambiental, a realizarse en la Escuela Secundaria Nº 5 “Lola Mora” de la Localidad de Pavón, en el Partido de Exaltación de la Cruz .-

ARTÍCULO 2° De Forma.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de Noviembre de dos mil veinticuatro.

Registrada como Ordenanza N° 3077/24.-

 

Ordenanza Nº3076-24 -Leasing.-

Corresponde Expediente N°4036-1466/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° FACULTASE al Departamento Ejecutivo a celebrar con Provincia Leasing S.A. contrato/s de leasing en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Art.156 inc. 2 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2° La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:
Moneda: Pesos.
Destino: Adquisición de Camión Compactador.
Periodicidad de los Cánones: Mensual.
Plazo: 36 meses.
Forma de Pago: La municipalidad autoriza el debito de los servicios de su cuenta corriente.
Garantía: La municipalidad cede por garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (ley 10559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Consecuentemente La Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permite rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el contrato de leasing que se suscriba entre las partes.

ARTÍCULO 3° El bien adquirido en leasing será destinado a la recolección de residuos en la Municipio de Exaltación de la Cruz.

ARTÍCULO 4° La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del debito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en caso de insuficiencia de fondos , autorizara irrevocablemente a Provincia Leasing S.A. a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de coparticipacion impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente.
Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de las amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo de cubrir el presente leasing.

ARTÍCULO 5° El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestos vigentes y futuros, los rubros y partidarias necesarios para dar ingreso a los recursos referidos y egreso de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.-

ARTÍCULO 6°AUTORIZACE al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios, contratos y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación en los términos que acuerden las partes.-

 

ARTICULO 7ºDE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintidós días del mes de octubre de dos mil veinticuatro.

Registrado como Ordenanza N°3076/24.-

Ordenanza Nº3075-24 – Excepcion de zonificacion Alvarez Mauricio.-

Corresponde Expediente N°4036-1477/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de dos años (2 años) al Sr ALVAREZ, MAURICIO JESUS , titular del D.N.I. Nº29.276.065, quien instalará un COMERCIO MINORISTA TIPO 1-dedicado a la venta de productos lácteos, ubicado en Ruta Nacional Nº8 km 66,800 en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción II, Sección Q, Quinta 13, Parcela 2 B, Partida Inmobiliaria N°27673 de la localidad de Pavón, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintidós días del mes de octubre de dos mil veinticuatro.
Registrado como Ordenanza N°3075/24.

Ordenanza Nº3074-24-Exepcion codigo de zonificacion Pacara Condo.-

Corresponde Expediente N°4036-1476/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de dos años (2 años) a favor de la Sra. PACARA CONDO LEANDRA; titular del D.N.I. Nº93.243.921, para la instalación de un vivero de plantas con destino a la “producción y venta”, ubicado en Colectora de Ruta Nacional Nº8, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción II, Sección Q, Quinta 13, Manzana 13,Parcela 2 A, Partida Inmobiliaria N° 3527, de la localidad de Pavón, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintidos días del mes de octubre de dos mil veinticuatro.

Registrado como Ordenanza N°3074/24.

 

 

 

 

 

Ordenanza Nº3073-24 – PLAZA Nuestra Señora de Lourdes- Barrio La Verdad.-

Corresponde Expediente Nº 4036-1474/2024-HCD

 

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1° DESIGNECE el nombre “Nuestra señora de Lourdes” a la Plaza ubicada en la intersección de las calles Bella Vista y Ruta Provincial 39, del Barrio “Parque La Verdad” de la localidad de Capilla del Señor, Partido Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintidós días del mes de octubre de dos mil veinticuatro. –

Registro de Ordenanza N°3073/24.-

 

Ordenanza N° 3072-24 – Nombre de calle Bº Parque La Verdad.-

Corresponde Expediente Nº 4036-1475/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1° DESIGNASE el nombre “HEROES DE ARAS SAN JUAN”, para la calle circundante a la Ruta 39, conocida actualmente como “Colectora ruta 39” , correspondientes al Barrio “Parque La Verdad” de la localidad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los 22 días del mes de octubre dos mil veinticuatro.-

Registrado como Ordenanza N° 3072/24.-