Corresponde a Expediente Nº 4036-1544/25 HCD.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
Ordenanza
ARTÍCULO 1° Adhesión a la Ley Nacional Nº 25.506 y si corresponde a la Ley Nacional Nro. 13.666 y Decreto Nro. 305/2012. –
ARTÍCULO 2° Autorizase la utilización de expedientes electrónicos, documentos electrónicos, firmas electrónicos y firmas digitales, con plena eficacia jurídica en los procesos administrativos. –
ARTICULO 3º Establézcase la implementación gradual y obligatoria de la plataforma GDEBA para la gestión documental electrónica en el Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTICULO 4º Los documentos electrónicos y aquellos digitalizados conforme a la normativa municipal tendrán plena validez probatoria.-
Los originales en papel quedaran en custodia del sector correspondiente.-
ARTICULO 5º El (sector correspondiente) será la autoridad de aplicación y responsable de dictar normas complementarias, asignar usuarios y garantizar la capacitación.-
ARTICULO 6º La tramitación electrónica de los expedientes garantiza el derecho de defensa y el acceso a la información por parte de los administrados.-
ARTICULO 7º Mientras no se cuente con la certificación de la firma digital para los funcionarios se procederá a publicar documentos escaneados con firma ológrafa.-
ARTICULO 8º De forma.-
DADO en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los ocho dias del mes de Julio de 2025.-
Registrado como Ordenanza N° 3.101/25.-