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Ordenanza Nº 029/84 – CEPRAL Homologacion Regimen Tarifario

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Homológuese el régimen tarifario aplicado por la Cooperativa Eléctrica de Tecnificación Agropecuaria de Parada Robles – Arroyo de Cruz Ltda. (CEPRAL) por el suministro de energía eléctrica en el ámbito del Partido de Exaltación de la Cruz.-

Artículo 2º: Autorízase al D.E. a homologar las futuras tarifas mensuales que eleve la Cooperativa Eléctrica de Tecnificación Agropecuaria Parada Robles – Arroyo de la Cruz Ltda. (CEPRAL), mientras las mismas mantengan pa-ridad con las que aplica la Dirección de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (DEBA).-

Artículo 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veinticinco días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  029/84

Ordenanza Nº 025/84 – Ciclismo Autorizando construccion pista

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Procédase a la construcción de pista para la práctica del ciclismo en el predio Municipal designado catastralmente con números de partidas 15.739,15.740 y 15.741 y parcelas 396a,b,c; con superficies parciales de 2 has., 03 a., 70 c; 2 has, 03a, 70c y 1 ha. , 32 a., 37 c.-

Artículo 2º: Esta pista se trazará sobre piso de tierra, dejándose para el futuro si las posibilidades técnicas y financieras lo permiten, el agregado de algún tipo de compactamiento bituminoso o similar.-

Artículo 3º: La construcción de la misma se realizara con maquinarias y personal Municipal.-

Artículo 4º: Los gastos que demande la ejecución de la presente Ordenanza serán tomados de la partida de Gastos Generales.

Artículo 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los once días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  025/84

Ordenanza Nº 031/84 – Calculo de Recursos Incrementando partidas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Increméntese el Cálculo de Recursos correspondiente al año 1984,en  virtud del convenio firmado con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires para la terminación y ampliación de 4 (cuatro) viviendas y construcción de otras 4 (cuatro), en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, en la suma de $a 3.000.000 (pesos Argentinos tres millones) que serán imputados a la finalidad 1-2-2-26 “Viviendas Los Cardales”.

Artículo 2º: Amplíase el Presupuesto General de Gastos del año 1984, con los fondos provenientes de lo enunciado en el artículo 1°, con la siguiente imputación: 2-5-28 “Viviendas Los Cardales”.-

Artículo 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los ocho días del mes de Agosto de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  031/84

Ordenanza Nº 024/84 – Calle Marciano Montalvo designacion nombre

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Impóngase el nombre de MARCIANO MONTALVO, a la calle de acceso al Camping Municipal, desde la calle Caseros hasta su conexión con la Ruta N° 39.-

Artículo 2º: Comuníquese al D.E.-

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintisiete  días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  024/84

Ordenanza Nº 026/84 – Parada Robles Restituyendo Nombre

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Restitúyase el nombre de Parada Robles a todo el éjido rural suburbano y urbano comprendido dentro de los límites del Cuartel IV del distrito de Exaltación de la Cruz.-

Artículo 2º: Derógase toda otra Ordenanza que se oponga a la presente.-

Artículo 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veinticinco días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  026/84

Ordenanza Nº 022/84 – Calle F. Rojo Designación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Desígnase con el nombre de FERNANDO LORENZO ROJO, a la calle Rauch, desde Mateo S. Casco al norte hasta su finalización.

Artículo 2º: Descúbrase una placa con su nombre, el próximo día 20 de junio, en la intersección de la mencionada calle Fernando L. Rojo y Leandro N. Alem de ésta Ciudad.-

Artículo 3º: Comuníquese al D.E.-

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  022/84

Ordenanza Nº 021/84 – DGE Donacion de lotes

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dónase a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, para la construcción de un edificio destinado a Jardín de Infantes en la localidad de Los Cardales, un lote de terreno ubicado en el lugar de referencia, designado en el plano de subdivisión, característica 31-16-84, como parcela 1900c con frente a la calle Belgrano entre las calles Sucre y Guido Spano, que mide treinta y cinco metros (35 mts.) de frente por setenta metros de fondo (70 mts), con una superficie de DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS, lindando con su frente  al Oeste con la calle Belgrano; contrafrente  Este y lateral Sur con parcela 1900d; y al norte con la parcela  1899, Nomenclatura Catastral Circ. II, Sec. Rural, Parcela 1900c.
El mencionado bien se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad con la Matrícula 70/59.-

Artículo 2º:
La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante Notario designado al efecto por la Municipalidad o por el Notario Superior del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 3º:
Comuníquese al D.E.-

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  021/84

Ordenanza Nº 020/84 – Agua Corriente Autorizando ampliación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al D.E. a contratar con los vecinos frentistas de la calle San Martín y Ameghino, la ampliación de la red de provisión de agua corriente.

Artículo 2º:
Los gastos que demande la ejecución de esta obra serán absorbidos en un 90% por los vecinos frentistas y el 10% restante por el Municipio a través de la Dirección de Servicios Sanitarios, con materiales que en la actualidad posee esta Dirección.

Artículo 3º:
Comuníquese al D.E.-

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintitrés días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  020/84

Ordenanza Nº 018/84 – Derechos de Construccion Eximiendo pago

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase del pago de Derechos de Construcción a los contribuyentes que se encuentren comprendidos dentro de las siguientes disposiciones:

1)Que sean propietarios de un único inmueble destinado a vivienda propia y/o de su grupo familiar.
2)Que dicho inmueble no exceda de 70 m2 cubiertos de edificación incluyendo galerías y espcacios semicubiertos.
3)Que las características del inmueble se ajusten a la categoría E, conforme lo dispuesto por la Ley de Revalúo Provincial N° 5.738.
4)Que el ingreso del grupo familiar no exceda la suma de pesos argentinos seis mil ($a 6.000), al 31 de Marzo de 1984. El que será actualizado según el índice suministrado por el INDEC ú organismo que eventualmente lo reemplace correspondiente a la mano de obra del personal de la construcción.

Artículo 2°:  Autorízase a los contribuyentes comprendidos dentro de las disposiciones del Artículo anterior a sustituir la obligación de presentar planos de acuerdo a las Ordenanzas en vigencia, por la solicitud de permiso de edificación y croquis de la vivienda construida; en las condiciones que establezca la reglamentación que dictará el D.E.


Artículo 3°:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  018/84

Ordenanza Nº 017/84 – Tasas Municipales Eximiendo pago a Asilo de Ancianos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase del pago de todas las Tasas Municipales a los edificios que ocupa el Asilo de Ancianos “Petronila Molina de Salguero” y de las que pudiera adeudar hasta la fecha de promulgación de la presente Ordenanza. 

Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  017/84