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Ordenanza Nº 009/89 – Austral Fracciones de Unidad Monetaria

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Determínase que en el manejo operativo de las cuentas deudoras o acreedo-ras de la Administración Municipal, como asi también en la emisión de su documentación respaldatoria se prescindirá de las fracciones de unidad monetaria vigente denominada “Austral”.
 
Artículo 2º:
Establécese que la Contaduría Municipal será el Organo de Interpretación de la presente Ordenanza.

Artículo 3º:
De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Octubre mil novecientos ochenta y nueve.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  009/89

Ordenanza Nº 008/89 – Tasas Prorrogando vencimientos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Prorrógase hasta el 1-9-89 el vencimiento para el pago de las tasas vencidas intimadas cuyo vencimiento original operó el día 20-08-89.
 
Artículo 2º:
El Departamento Ejecutivo deberá remitir hasta el 25-08-89 copia certificada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires de las tasas de interés mensualmente aplicadas para las operaciones de descuento de documentos comerciales (Tasa de interés estipulada en el Art. 36 de la Ordenanza Fiscal vigente), del período que comprende la circularización aludida en el Art. 1º de esta Ordenanza ( Enero de 1983 a Julio de 1989).

Artículo 3º:
El Departamento Ejecutivo completará en igual término, al referido en el Artículo anterior, la información solicitada en el Pedido de Informe Nº 16/89 que no ha sido cumplimentado por ese D.E. en la respuesta elevada con fecha 23-08-89.

Artículo 4º:
De forma.-   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Agosto mil novecientos ochenta y nueve.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  008/89

Ordenanza Nº 007/89 – Donacion Aceptando terreno de la Provincia de Bs. As.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Acéptase la donación por parte del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires de la fracción de terreno cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción II, Sección Rural, Parcela 395e, inscripta al folio 228/57 del Distrito de Exaltación de la Cruz.-
 
Artículo 2º:
La aceptación indicada en el Artículo 1º se efectúa en un todo de acuerdo a lo expresado en el Decreto Provincial Nº 1891 del 2/12/83 obrante a foja 2 del Expediente Nº 4036-3992/88 y fojas 22 y 23 del Expediente 2200-5462/83.-

Artículo 3º: El acta de recepción del mencionado bien, como así también la escritura traslativa de dominio se efectuara en un todo de acuerdo a las disposiciones vigentes.-

Artículo 4º:
La determinación del uso de la parcela indicada en el Artículo 1º será evaluada por este Departamento Ejecutivo y puesta a consideración del Honorable Concejo Deliberante dentro de los 90 días de recibido formalmente el bien.-

Artículo 5º:    De forma.-   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis  días del mes de Agosto mil novecientos ochenta y nueve.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  007/89

Ordenanza Nº 006/89 – Calle Autorizando cambio de traza

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase el cambio de traza de la calle existente entre las parcelas de No-menclatura Catastral, Circunscripción III, Sección Rural, Parcelas 668c y 670 a y 668b y 670 a.-
 
Artículo 2º:
La nueva traza quedará al N.E. entre la parcela 670 a y las vías del Ferrocarril Gral. Con un ancho de 20 m. Y como prolongación de la existente y al S.E. entre la parcela 670ª y 671 a  con un ancho de 15 m. Y a expensas en su totalidad de la parcela 670 a.-

Artículo 3º:
La media calle al S.E. de la parcela 668b cedida por plano 31-1-89 se anexará a la parcela 670a.-

Artículo 4º:
Los gastos que demande la ejecución de las obras de apertura y abovedado, entoscado, desagües pluviales, alcantarillado y mensuras serán a exclusivo cargo del propietario de las parcelas 668c y 670 a.-

Artículo 5º:
De forma.-   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Julio mil novecientos ochenta y nueve.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  006/89

Ordenanza Nº 005/89 – Viviendas Estableciendo lineamientos para adjudicacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: La adjudicación de viviendas de acuerdo con los distintos planes que se hayan instrumentado o se instrumenten, deberá afectuarse siguiendo los lineamientos de la presente Ordenanza.-
 
Artículo 2º:
Para los casos que la Adjudicación sea directa, el Departamento Ejecutivo deberá informar los criterios de selección de los beneficiarios a instrumentarse. Una vez efectuada dicha selección se elevará al Honorable Concejo Deliberante el listado de Adjudicatarios para su aprobación. Asimismo deberá remitirse el listado de las personas que no resultaron beneficiadas con los motivos de su exclusión.-

Artículo 3º:
Para los casos que la adjudicación se efectúe por sorteo, el Departamento Ejecutivo deberá informar el procedimiento que seguirá para seleccionar los inscriptos que reúnan las condiciones para participar del sorteo.
El lugar, fecha y hora de realización del sorteo deberá publicarse con 15 días de anticipación en un periódico local, será público y se efectuara ante Escribano.
Deberán participar del acto los miembros del Honorable Concejo Deliberante que éste designe .-

Artículo 4º:
Derógase toda Ordenanza que se oponga a la presente.-

Artículo 5º:
De forma.-   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Junio mil novecientos ochenta y nueve.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  005/89

Ordenanza Nº 004/89 – Tasas Limitando al DE a cobro de anticipos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo se limitará hasta tanto no se apruebe el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio Fiscal 1989 y las Ordenanzas Fiscal y Tarifaria correspondientes, a cobrar anticipos que en suma no excederán del monto total devengado en el Ejercicio Fiscal cerrado el 31-12-88 para las Tasas de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública; Servicios Sanitarios; Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal; y Seguridad e Higiene.
 
Artículo 2º:
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

Artículo 3º:
De forma.-   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Marzo mil novecientos ochenta y nueve.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  004/89

Ordenanza Nº 003/89 – Educación Fisica Aprobando Convenio con el Ministrio de Ac. Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase el convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz con el Ministerio de Acción Social de la Provincia de Buenos Aires, que forma parte de la presente como Anexo I, para la designación de profesores, maestros y/o idóneos en Educación Física, para la implementación del Plan Centro Provincial de Deportes y Recreación, de cuyo haber mensual se hará cargo el citado Ministerio, transfiriendo mensualmente a la Municipalidad los montos respectivos.-
 
Artículo 2º:
De forma.-   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de febrero mil novecientos ochenta y nueve.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  003/89

Ordenanza Nº 002/89 – Viviendas Aprobando listado de Adjudicatarios Plan Pro Casa I

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase el listado de adjudicatarios del Plan de Viviendas Pro- Casa I, que se ejecuta en la localidad de Los Cardales, partido de Exaltación de la Cruz y que forma parte de la presente como Anexo I.
 
Artículo 2º:
La aprobación indicada en el artículo 1º se efectúa a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el convenio celebrado entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Exaltación de la Cruz con fecha 10-06-88 y aprobado por este Honorable Concejo Deliberante bajo Ordenanza Nº 7/88.-

Artículo 3º:
De forma.-   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Febrero mil novecientos ochenta y nueve.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  002/89

Ordenanza Nº 001/89 – Ordenanza Tarifaria Derogando Art. 2

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Derógase el artículo 2º de la Ordenanza Tarifaria correspondiente al ejercicio fiscal 1987, vigente al día de la fecha, que faculta al D.E. a incrementar bimestralmente los valores según los índices de aumento del costo de vida (nivel general), publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, hasta tanto se sanciones el presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos y sus respectivas Ordenanzas Impositivas para el Ejercicio Fiscal 1989.
 
Artículo 2º:
De forma.-   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Enero mil novecientos ochenta y nueve.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  001/89

Boletin Oficial – Mayo 2011

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

 

ESCUDO Boletin Oficial - Mayo 2011

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional

 Autoridades:         

Intendente Municipal:
         Dr. Horacio A. Errazu
Secretario de Coordinación General:
         Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
         Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
         Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
         Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:
         Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Ratificase la Ordenanza Nº 041/09. Por 18 (dieciocho) meses, en la cual se concede a favor de la Sra. GLORIA ELISABET AZZALINI, D.N.I. Nº 17.428.892, el permiso precario de uso de espacio público para la explotación del puesto de flores que actualmente funciona en las adyacencias del Cementerio Municipal.

Artículo 2°:
De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Abril de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 005/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien in-mueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección G, Quinta 19, Parcela 7, Partida Inmobiliaria 25805, Matricula 8672, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-25381/10, a nombre de Amelia Sosa.

Articulo 2°:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Articulo 3°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.           

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 006/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del 50% indiviso, del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 13, Parcela 11, Partida Inmobiliaria 23682, Matricula 7087, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-25017/10, a nombre de María Elena Ferreyra.

Articulo 2°:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Articulo 3°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once. 

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 007/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del 50% indiviso, del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Quinta 30, Parcela 13, UF: 01, según plano características PH 031-08-2009, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-25151/10, a nombre de José Luis Vignianigo y Tania Milena Pissani.

Artículo 2°:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Artículo 3°:
Según plano indicado en el Art. 1º de la presente, no se comparten superficies comunes cubiertas, semicubiertas y/o descubiertas.

Artículo 4°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.  

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 008/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien in-mueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección H, Manzana 98, Parcela 4, Partida Inmobiliaria 15905, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-17500/05, alcance 3/07, a nombre de Julio Antonio Benitez.

Artículo 2°:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Artículo 3°:
Derógase la Ordenanza 018/07.

Artículo 4°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.      

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 009/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudícase a Jerónimo Jaime D.N.I. M 4.910.528 y a Nilda Inés Boca, D.N.I. F 6.408.283, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección F, Manzana 12, Parcela 16, Partida Inmobiliaria 10063, Expediente Administrativo 4036-24087/10.

Artículo 2°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble mencionada en el Artículo 1º de la presente.

Artículo 3°:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Artículo 4°:
El Adjudicatario abonará la suma de pesos dieciséis mil ($ 16.000) en ciento sesenta cuotas de pesos cien (100) iguales, mensuales y consecutivas

Artículo 5º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.        

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 010/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudícase a Mirian Cristina Graciano D.N.I. 27.534.891, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección F, Manzana 12, Parcela 14, Partida Inmobiliaria 10061, Expediente Administrativo 4036-24086/10.

Artículo 2°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble mencionada en el Artículo 1º de la presente.

Artículo 3°:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Artículo 4°:
El Adjudicatario abonará la suma de pesos dieciséis mil ($ 16.000) en ciento sesenta cuotas de pesos cien (100) iguales, mensuales y consecutivas

Artículo 5º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.           

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 011/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien in-mueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 18b, Parcela 16, Partida Inmobiliaria 12299, Matricula 2490 (031), del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-25768/11, a nombre de Marcela Viviana González.

Artículo 2°:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Artículo 3°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.        

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 012/11.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a establecer un plan de refinanciación de deudas correspondientes a Planes de Viviendas ejecutados en el distrito.

Artículo 2º:
La refinanciación dispuesta en el artículo anterior deberá respetar el monto y número de cuotas establecidas originalmente para cada plan. La cantidad de cuotas abonadas deberán ser restadas del total original, y el saldo resultante será la nueva cantidad de cuotas a abonar por el beneficiario que se trate. En el caso de planes que no determinaban cantidad de cuotas, el Departamento Ejecutivo podrá fijarlas en hasta ciento ochenta (180), mensuales y consecutivas.

Artículo 3º:
El Departamento Ejecutivo a efectos de garantizar la cobranza de las deudas que se refinancien, podrá constituir hipotecas por el monto que se determinen, a los cuales se les podrá adicionar un interés compensatorio que no podrá exceder del cinco por ciento (5%) anual sobre saldos.  También se podrán aplicar intereses punitorios, los cuales no podrán superar la tasa activa que fije el Banco de la Provincia de Buenos Aires para los períodos de que se trate.

Artículo 4º:
El Departamento Ejecutivo determinará la fecha a partir de la cual comenzará a regir el presente plan de refinanciación de deudas.

Artículo 5º:
Facúltase al Departamento Ejecutivo a modificar la tasa de interés establecida en el artículo 3º de la presente Ordenanza, como asimismo a reglamentar los aspectos no previstos en la misma.

Artículo 6º:
Declárase de Interés Social en los términos del art. 4º, inc. d, de la Ley 10.830 la escrituración de los inmuebles comprendidos en los Programa de Viviendas. 

Artículo 7º:
Derógase la Ordenanza 8/2005.

Artículo 8º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.           

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 013/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Confórmese una comisión para evaluar las medidas de reorganización de tránsito, la cual incluirá a las Organizaciones de Salud, Policía comunal, Bomberos voluntarios, Defensa Civil, Dirección Tránsito, y un Concejal de cada bloque.

Artículo 2°:
Dicha comisión evaluará todas las medidas relacionadas con las normas de tránsito (estacionamiento, circulación de calles, recorridos de colectivos, etc.) en cumplimiento de las  leyes nacionales y provinciales.

Artículo 3°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.           

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 014/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de interés Histórico y Municipal el Restaurante “Rancho Grande”, ubicado en la localidad de Parada Robles, sobre el Km 76 de la Ruta Nacional N°8.
       
Artículo 2°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.      

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 015/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Otorgase Licencia al Sr. Intendente Municipal, Dr. Horacio Alberto Errazu, titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el término de 15 días, contados a partir del día 25 de Abril de 2011.

Articulo 2º: Póngase en Funciones al Sr. Concejal Etcheverry Jorge Alberto D.N.I.  Nº 17.539.448 a partir del día 26 de Abril de 2011, como Intendente Interino, mientras dure la Licencia del Sr. Intendente Municipal Dr. Horacio Alberto Errazu.

Artículo 3º:
Habilitase en reemplazo del Concejal Jorge Alberto Etcheverry, titular de D.N.I. Nº 17.539.448 la incorporación en el cargo de Concejal del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, al Señor José Luís Etcheverry, Titular de D.N.I. Nº 20.018.823

Artículo 4º:
En el supuesto caso que el Dr. Horacio A. Errazu, reasuma las funciones de Intendente Municipal de Exaltación de la Cruz, antes del plazo establecido, en el Articulo primero, deberá comunicar oficialmente a este Cuerpo tal circunstancia.

Artículo 5º:
Notifíquese a los Organismos Provinciales y Municipales competentes de la presente Ordenanza.

Artículo 6º:
De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 016/11.