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Ordenanza Nº 2886-22 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Andres Hentschel

                                                                Corresponde Expediente N°4036-1159/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°  
 OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la EXCEPCIÓN al Código de Zonificación por el términos de 2 (dos) años al Sr. HENTSCHEL, Andrés Ricardo, titular del D.N.I N° 24.663.076, quien instalará un emprendimiento del rubro “Elaboración de germinados frescos”, ubicado en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción II; Sección Rural; Parcela 1929; Partida Inmobiliaria N° 3240, de la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    CONDICIÓNASE la EXCEPCIÓN otorgada en el Artículo 1°, sujeto a que el emprendimiento permanezca contemplado como 1° Categoría Industrial, y que el Sr. HETSCHEL, Andrés Ricardo tramite el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental, según la normativa vigente.-
    
ARTÍCULO 3°  
 CONDICIÓNASE la EXCEPCIÓN otorgada en el Artículo 1°, sujeto a que la actividad no comprometa el entorno ni el normal desarrollo de la vida y los potenciales habitantes de la zona.-
    
ARTÍCULO 4°    Si el emprendedor no cumpliera con algunos de los requisitos establecidos en la presente Ordenanza, queda inmediatamente sin efecto la EXCEPCIÓN otorgada en el Artículo 1°.-
    
ARTÍCULO 5°  
 SOLICÍTASE al emprendedor, atendiendo a la EXCEPCIÓN otorgada en la presente Ordenanza, que realice donaciones de sus productos con fines benéficos a instituciones sociales del Distrito y considere ofrecer precios diferenciados para los comerciantes del Partido de Exaltación de la Cruz con el fin de crear un circuito doméstico virtuoso para que dichos productos sean más accesibles tanto para nuestros comerciantes como para los consumidores finales locales.-
    
ARTÍCULO 6°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil veintidós.-

Registrado como Ordenanza N°2886/22.-

Ordenanza Nº 2885-22 – Desagues pluviales y señaletica en calles vecinales

                                                                Corresponde Expediente N°4036-1154/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°
    RATIFICAR el CONVENIO DE DESARROLLO DE POLITICAS DE COLABORACION CON LOS MUNICIPIOS PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA QUE RESULTEN DE INTERES COMUNITARIOS suscripto entre el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA y SERVICIOS PUBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES  representado por el Ministro Sr. NARDINI, Leonardo Javier y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ, representada por su INTENDENTE MUNICIPAL Lic. NANNI, Diego Eduardo, obra “Desagües Pluviales y Señalética en Calles Vecinales” Financiación de la Obra por un monto de Setenta y Dos Millones ($72.000.000).-
    
ARTÍCULO 2°    AUTORIZAR al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL,  a la intervención del espacio público para los trabajos de Ejecución de las Obras a la cual se hace referencia en el Articulo precedente.-
    
ARTÍCULO 3°    DE FORMA.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires  a los veintiséis días del mes de julio de dos mil veintidós.-
    

Registrado como Ordenanza N°2885/22.-

Ordenanza Nº 2884-22 – Reasfalto en Exaltacion de la Cruz Etapa I

                                                                Corresponde Expediente N°4036-1153/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°  
 RATIFICAR el CONVENIO DE DESARROLLO DE POLITICAS DE COLABORACION CON LOS MUNICIPIOS PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA QUE RESULTEN DE INTERES COMUNITARIOS suscripto entre el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA y SERVICIOS PUBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES  representado por el Ministro Sr. NARDINI, Leonardo Javier y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ, representada por su INTENDENTE MUNICIPAL Lic. NANNI, Diego Eduardo, obra “Reasfalto en Exaltación de la Cruz-Etapa I” en las Localidades de Capilla del Señor, Parada Robles y Los Cardales, Financiación de la obra por un monto de Doscientos Cincuenta y Dos Millones Seiscientos Cuarenta y Cinco Mil Setecientos Veinticuatro con Sesenta y Siete Centavos. ($252.645.724,67).-
    
ARTÍCULO 2° 
   AUTORIZAR al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL,  a la intervención del espacio público para los trabajos de Ejecución de las Obras de Reasfalto en las localidades a que se hace referencia en el Articulo precedente.-
    
ARTÍCULO 3°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil veintidós.-

Registrada como Ordenanza N°2884/22.-

Ordenanza Nº 2883-22 – Creacion mesa local intersectorial violencia de genero en Ex.Cruz

                                                                Corresponde Expediente N°4036-1143/2022-HCD

 
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°
    CREASE en el ámbito del Municipio de Exaltación de la Cruz, la “Mesa Local Intersectorial para la prevención y abordaje de las violencias por razones de género en Exaltación de la Cruz”.-
    
ARTÍCULO 2°  
 Sera objetivo de la “Mesa Local Intersectorial para la prevención y abordaje de las violencias por razones de género en Exaltación de la Cruz”, lograr un trabajo articulado entre las diferentes instancias institucionales que la integran con el objeto de analizar, diseñar, planear, evaluar e implementar acciones específicas y diseño de políticas públicas en relación al abordaje y la prevención de las violencias por razones de genero.-
    
ARTÍCULO 3°    La Mesa Local Intersectorial estará conformada de manera representativa por todas las áreas del Municipio, Organismos Provinciales en el territorio, Organismos Nacionales, Organizaciones Políticas, Sociales, ONG, Sindicatos y Actores/as sociales y representantes del Poder Legislativo Municipal, que propicien un entramado territorial de acción y una planificación estratégica colectiva que aborden directa o indirectamente las violencias por razones de género en el ámbito del Distrito de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 4°    La Mesa Local Intersectorial dictara su reglamento estructura y agenda de trabajo, teniendo como premisa una reunión mensual como mínimo.-
    
ARTÍCULO 5°  
 La Mesa Local Intersectorial remitirá al Honorable Concejo Deliberante el Reglamento Interno, Estructura, Agenda de Trabajo y Cronograma de reuniones.-
    
ARTÍCULO 6° 
   DE FORMA.-

DADA en la Sala del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil veintidós.-

Registrada como Ordenanza N°2883/22.-

Ordenanza Nº 2882-22- Compensación de inmuebles en Los Cardales

Corresponde Expediente N°4036-1126/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°    
SUSTITUYASE el contenido del artículo 1° de la Ordenanza N°2672/20 por el siguiente texto:
“DESAFECTESE el espacio verde y libre público equivalente a 3.827,34 metros cuadrados y el espacio de equipamiento comunitario de 1.093,53 metros cuadrados cuyas superficies conforman un total de 4.920,87 metros cuadrados, de los inmuebles cuya Nomenclatura Ca-tastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección L, Manzana 7, Parce-las 1, 2, 14, 15 y 16 de la localidad de Los Cardales, adquiridos por cesión a favor del Municipio de Exaltación de la Cruz mediante Orde-nanza N° 003/2011”.-
    
ARTÍCULO 2°    Comuníquese al Departamento Ejecutivo a los efectos que correspon-dan.
    
ARTÍCULO 3°  
 DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de julio de dos mil veinte dos.-

Registrada como Ordenanza N°2882/22.-

 
    
    

    

Resolución Nº 08-22 – Señaletica calles Barrio Marin Capilla del Señor

                                                              Corresponde Expediente Nº 4036-1141/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°    ENCOMIENDASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a las aéreas y direcciones que correspondan a realizar las gestiones necesarias para la colocación y reparación de señaléticas de calles en el Barrio Marín de Capilla del Señor.-

ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-
 
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de junio del dos mil veintidós.-

Registrado como Resolución N°08/22.-

Resolución Nº 07-22 – Demarcacion pav. y seC1al.vial Rutas 39,192,193 R.39 y C.C.Los Cardales

                                                           

                                                           Corresponde Expediente Nº 4036-1134/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°    ENCOMIENDASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones correspondientes y ante quien corresponda Demarcación de Pavimento y Señalización Vial, de las Rutas provinciales 39, 192 y 193.-

ARTÍCULO 2°    REALIZAR una dársena de giro sobre Ruta 39 y Camino Real Capilla del Señor-Los Cardales.-
 
ARTÍCULO 3°    COLOCAR en ambos sentidos las señales de tránsito correspondientes que ayuden a la seguridad vial.-
 
ARTICULO 4°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de junio del dos mil veintidós.-          

Registrado como Resolución N°07/22.-

Resolución Nº 06-22 – Luminarias retorno hacia Lujan a Papelera Nicaragua hasta R.N.8

                                                       Correspondiente Expediente N°4036-1133/2022HCD


VISTO:

                                       Que, es inminente el comienzo de la Obra de reparación de la Ruta Provincial N°6.

CONSIDERANDO:
                                        Que, desde el retorno hacia Lujan, frente a Papelera Nicaragua, hasta la Ruta Nacional N°8 se encuentran Barrios como Los Cardos y La Sidrera.  
                                        Que, también se ubican en ese trayecto varias industrias.
                                        Que, se encuentran varias paradas de Colectivos que utilizan vecinos y vecinas de la zona cruzando la Ruta de un lado a otro en plena oscuridad.

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°    Encomendase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias y ante quien corresponda para la colocación de Luminarias en el trayecto mencionado en los Considerandos.-

ARTÍCULO 2°    Gestionar la instalación de Paradas Seguras.-

ARTÍCULO 3°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de junio del dos mil veintidós.-

Registrada como Resolución N°06/2022.-

Ordenanza Nº 2881-22 – Excepcion codigo zonificacion a favor de CASTELLA CARLOS EDUARDO

                                                      Correspondiente Expediente N°4036-1152/2022-HCD

                                                      
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
                                                            

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) a favor del Sr. CASTELLA CARLOS EDUARDO; titular del D.N.I. N°14.204.934, para la instalación de una Industria Categoría I, rubro “Fabricación artesanal de Sidra y Gin”, sito en la calle Las Torcazas N°250, de la localidad de Altos De Robles, con la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción IV, Sección M, Quinta 27, Parcela 6, Partida Inmobiliaria 031-020838-8; localidad de Altos De Robles, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTICULO 2°  DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil veintidós.-

Registrado como Ordenanza N°2881/22.-

Ordenanza Nº 2880-22 – Excepcion codigo zonificacion a favor de PACHECO JOSE IGNACIO

                                                        Correspondiente Expediente N°4036-1151/2022-HCD

                                                      
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,   en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
                                                            

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) a favor del Sr. PACHECO JOSE IGNACIO; titular del D.N.I. N°24.142.761, para el funcionamiento del  comercio, rubro “Fabricación de aberturas y carpintería metálica”, sito en la calle Nemecio Litardo N°170, de la localidad de Torres, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción IV, Sección U, Manzana 79, Parcelas 16-17a, Partidas Inmobiliarias 031-005750-9 y 031-005751-7 respectivamente; localidad de Torres, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTICULO 2°   DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil veintidós.-

Registrada como Ordenanza N°2880/22.-